
Animales de Servicio
Un animal de servicio, según la ADA (Ley de Estadounidenses con Discapacidades), se define como un animal que ha sido entrenado individualmente para realizar trabajos o tareas específicas para una persona con una discapacidad. Las tareas que realiza el animal deben estar directamente relacionadas con la discapacidad de la persona.
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Los animales de servicio completamente entrenados son bienvenidos dentro de Pearland Counseling Center.
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Tenga en cuenta que los animales de apoyo emocional, terapia, consuelo, compañía o los animales de servicio en entrenamiento no se consideran animales de servicio bajo la ADA.
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Los animales de apoyo emocional, terapia, consuelo, compañía, animales de servicio en entrenamiento o mascotas de los clientes NO están permitidos en Pearland Counseling Center.